Humedales Urbanos: Río Damas avanza y ambientalistas celebran

Seis meses tendrá el Ministerio de Medio Ambiente para resolver si cinco sitios con características de humedales urbanos que se configuran en torno al espacio que ocupa el Río Damas en Osorno serán declarados como tal.

Esto en el marco del proceso de declaratoria que conforma la Ley sobre Humedales Urbanos que rige desde 2020 en Chile y que ha permitido que, hasta el momento, en la comuna de Osorno ya se haya oficializado a los sistemas de humedales urbanos de Ovejería y Las Quemas, totalizando 59,88 hectáreas de este tipo de terrenos reconocidas por parte del Estado de Chile.

El presidente de la Red Ambiental Ciudadana de Osorno, Ricardo Becerra, manifestó su conformidad con la noticia de la admisibilidad para el proceso declaratorio como humedales urbanos a algunos sectores del Río Damas. «Lo anterior es de gran importancia para la preservación y protección del ecosistema del Río Damas que por décadas ha sido afectada por distintos contaminantes debido a la irresponsabilidad humana», sostuvo.

Y añadió que los cinco humedales -desembocadura Río Damas, Damas centro, Damas Oriente, Los Notros y Chuyaca- son parte de un estudio de caracterización georreferencial de humedales urbanos en Osorno realizado por la organización ambientalista, que luego fue remitido a la municipalidad y organismos públicos competentes hace algunos años.

«Esperamos que estos humedales sean reconocidos oficialmente por el Estado de Chile», concluyó Becerra.

Según el primer artículo de la ley promulgada en enero de 2020, esta “tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano”.